Cuando queremos saber si una sociedad es justa o si una vida va bien, ¿qué debemos medir? ¿La renta? ¿La riqueza? ¿La felicidad declarada? El enfoque de las capacidades (capability approach), desarrollado por el economista y filósofo indio Amartya Sen (n. 1933) y la filósofa estadounidense Martha Nussbaum (n. 1947), responde de otro modo: lo que importa es lo que las personas son efectivamente capaces de ser y de hacer — las libertades reales de que disponen para vivir la vida que tienen razón de valorar. Es una de las contribuciones más influyentes de la filosofía política y la economía normativa de las últimas décadas, en la frontera entre ambas disciplinas.


1. “¿Igualdad de qué?” — la crítica de partida

La pregunta inaugural fue formulada por Sen en una conferencia de 1979, “Equality of What?”. Toda teoría de la justicia igualitarista quiere igualar algo — pero ¿qué? Sen examina y rechaza las dos grandes respuestas entonces disponibles.

La primera es el utilitarismo (y el welfarismo): evaluar el bienestar por la utilidad — placer, satisfacción o preferencia atendida. Sen objeta que esa medida es ciega a las preferencias adaptativas: quien vive en la privación tiende a ajustar sus deseos a la baja, declarándose “satisfecho” con muy poco. Medir la justicia por la satisfacción subjetiva legitima la desigualdad, pues el oprimido ha aprendido a no desear lo que se le niega.

La segunda respuesta es el recursismo — evaluar la justicia por la posesión de recursos o “bienes primarios”, como en la teoría de John Rawls. Aquí la objeción de Sen es la de la conversión: personas distintas convierten recursos en vida realizada de formas muy desiguales. Una persona con discapacidad, una gestante o alguien que vive en un clima riguroso necesitan más recursos para alcanzar el mismo nivel de funcionamiento. Igualar los recursos no iguala las libertades reales.


2. Amartya Sen: functionings, capacidades y libertad

La alternativa de Sen desplaza el foco hacia dos conceptos clave. Los functionings (funcionamientos) son las realizaciones concretas de una persona — estar bien nutrida, tener salud, estar instruida, participar en la vida pública, tener autorrespeto. La capacidad (capability) es el conjunto de combinaciones de funcionamientos que la persona puede efectivamente alcanzar — es decir, su libertad real de elegir entre distintos modos de vida. La distinción es decisiva: dos personas con la misma renta pueden tener capacidades muy desiguales, según edad, género, discapacidad o contexto social.

Esa perspectiva sostiene su relectura del desarrollo. En Desarrollo y libertad (1999), Sen argumenta que el desarrollo no se mide por el crecimiento del PIB, sino por la expansión de las libertades sustantivas — la renta es solo un medio, no el fin. Antes, en Pobreza y hambrunas (1981), había mostrado que las grandes hambrunas rara vez derivan de una caída absoluta en la oferta de alimentos, sino del colapso de las entitlements — los mecanismos legales y económicos por los que los grupos reclaman comida; de ahí su célebre tesis de que las hambrunas masivas no ocurren en democracias funcionales con prensa libre.

En La idea de la justicia (2009), Sen propone una justicia comparativa, no trascendental: contra el ideal rawlsiano de diseñar instituciones perfectamente justas, defiende una teoría orientada a identificar y reducir injusticias manifiestas, inspirada en Adam Smith y Condorcet. Coherente con ello, Sen se niega a fijar una lista definitiva de capacidades: qué capacidades importan y cómo ponderarlas es, para él, cuestión a decidir por la razón pública democrática, no por el filósofo.


3. Martha Nussbaum: la lista de las capacidades centrales

Es justamente en este punto donde Martha Nussbaum diverge productivamente de Sen. Formada en la tradición aristotélica, da al enfoque un fundamento normativo más fuerte y más universalista, anclado en la noción de dignidad humana. Para Nussbaum, es posible y necesario especificar una lista de diez capacidades centrales que toda sociedad justa debe garantizar a cada persona por encima de un umbral mínimo (threshold):

  1. Vida (de duración normal); 2. Salud corporal; 3. Integridad corporal; 4. Sentidos, imaginación y pensamiento; 5. Emociones; 6. Razón práctica (planear la propia vida); 7. Afiliación (vivir con y para los demás, tener las bases sociales del autorrespeto); 8. Otras especies (relación con la naturaleza y los animales); 9. Juego; 10. Control sobre el propio entorno (político y material).

Dos de ellas — la razón práctica y la afiliación — son “arquitectónicas”: organizan y permean a todas las demás. La lista pretende ser una especificación parcial de justicia, un conjunto de mínimos sociales compatible con distintas concepciones de vida buena.

Nussbaum profundiza además en dos temas. Sobre las emociones, sostiene que no son impulsos irracionales, sino juicios evaluativos (appraisals) cargados de contenido cognitivo — el miedo, la compasión y la indignación encierran valoraciones sobre lo que importa, de modo que una ética sin emociones es ciega. Y extiende el enfoque más allá de lo humano: en Las fronteras de la justicia (2006), lo aplica a la discapacidad, a la pertenencia nacional y a los animales no humanos, que también tienen capacidades por respetar.


4. ¿Sen o Nussbaum? La lista abierta y la lista especificada

La diferencia entre ambos define el debate interno del enfoque. Sen mantiene la lista abierta: enfatiza la libertad, la agencia y el proceso democrático de elección de las capacidades relevantes, evitando el riesgo de imponer desde arriba una concepción de vida buena. Nussbaum defiende la lista especificada: sin un contenido mínimo definido, argumenta, el enfoque no tiene cómo fundamentar reivindicaciones de justicia concretas ni proteger a los más vulnerables. El riesgo del primer camino es la indeterminación; el del segundo, el paternalismo. La tensión es menos un defecto que el motor teórico del campo.


5. Aplicaciones y críticas

El enfoque tuvo un impacto práctico notable. Sen colaboró con el economista Mahbub ul Haq en la creación del Índice de Desarrollo Humano (IDH), adoptado por las Naciones Unidas a partir de 1990, que combina renta, educación y esperanza de vida — un intento concreto de medir el desarrollo por algo más que el PIB.

Las críticas se concentran en tres frentes. Hay quien señala un individualismo excesivo: al centrarse en las capacidades de cada persona, el enfoque tendría dificultad para tematizar estructuras, clases y relaciones de poder. Está el problema de la indexación: ¿cómo ponderar y comparar capacidades heterogéneas (salud frente a participación política) sin una métrica común? Y está la objeción del paternalismo, dirigida sobre todo a Nussbaum: ¿quién tiene autoridad para fijar la lista universal sin reimponer una concepción particular de florecimiento? Estas controversias no han debilitado el enfoque — al contrario, han hecho de él uno de los campos más vivos de la filosofía política y la economía del bienestar contemporáneas.


Lecturas esenciales

  • Amartya Sen, “Equality of What?” (1979); Desarrollo y libertad (1999); La idea de la justicia (2009).
  • Amartya Sen, Pobreza y hambrunas (1981); Nuevo examen de la desigualdad (1992).
  • Martha Nussbaum, Las mujeres y el desarrollo humano (2000); Las fronteras de la justicia (2006); Crear capacidades (2011).
  • Martha Nussbaum, Paisajes del pensamiento: la inteligencia de las emociones (2001) — para la teoría de las emociones.

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